Se trata de un órgano estatutario que representa los intereses de la plantilla del Centro frente a la dirección y garantiza que exista un contacto permanente entre esta y el personal.
Contribuye al buen funcionamiento del CdT, sirviendo de cauce a través del cual el personal puede expresar sus opiniones. Actúa a escala general en la defensa de los intereses de la plantilla en su conjunto, y en el plano individual, asistiendo a aquellos de sus miembros que se encuentran con problemas en su vida laboral ordinaria. El Comité lo elige el personal y está compuesto por cinco miembros y cinco suplentes cuyo mandato es de tres años. Este órgano se encarga fundamentalmente de:
- emitir dictámenes sobre asuntos administrativos y relacionados con el personal (disposiciones generales de aplicación, Plan de política de personal, etc.);
- designar representantes en los procedimientos de selección para incorporar a nuevos miembros a la plantilla;
- formular propuestas relativas a la organización y el funcionamiento del Centro, y a la mejora de las condiciones de trabajo y de vida en general del personal;
- participar activamente en los debates sobre la política de personal en general, a través de la Asamblea de Comités de Personal de las Agencias (AASC);
- intervenir en los órganos de bienestar social establecidos por el Centro para su plantilla, como el Comité Interinstitucional de Actividades Sociales.